Tarjetas Verdes, Ciudadanía y Exenciones
Residencia Permanente Legal (Tarjetas Verdes)
Ajuste de Estatus (Form I-485)
Este es el proceso de solicitar una tarjeta verde desde dentro de los EE.UU. La elegibilidad depende de cómo ingresó al país, su estatus actual, y si se aplica alguna barrera legal.Ley de Ajuste Cubano (CAA)
La CAA permite que ciertos nacionales cubanos soliciten una tarjeta verde después de estar físicamente presentes en los EE.UU. por al menos un año. Con ciertas excepciones, debe probar que fue oficialmente inspeccionado y admitido o "liberado bajo palabra" al país.Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio de Centroamérica (NACARA)
Esta ley especializada ayuda a ciertos individuos de Guatemala, El Salvador, y antiguos países del Bloque Soviético a solicitar una tarjeta verde. La elegibilidad está vinculada a fechas de entrada muy estrictas e históricas y fechas de presentación de asilo desde los años 90.Ley de Justicia de Inmigración de Refugiados Haitianos (HRIFA)
Aunque el plazo para solicitantes principales ha pasado, los cónyuges e hijos solteros de individuos que previamente recibieron una tarjeta verde a través de HRIFA aún pueden ser elegibles para solicitar residencia permanente hoy.Renovación de Tarjeta Verde (Form I-90)
Las tarjetas de residente permanente son válidas por 10 años y deben renovarse antes de expirar. Si su tarjeta está próxima a expirar, se perdió, fue robada, o está dañada, presenta el Form I-90 con USCIS. Después de presentar, recibe un aviso de recibo que extiende la validez de su tarjeta por hasta 24 meses mientras USCIS procesa la renovación.Eliminación de Condiciones en una Tarjeta Verde (Form I-751)
Los cónyuges que reciben una tarjeta verde basada en un matrimonio reciente reciben estatus "condicional" de 2 años. Para mantener estatus permanente, deben presentar para eliminar las condiciones. Si presentar conjuntamente no es posible debido a divorcio, muerte, o abuso, la persona puede solicitar una exención para presentar sola.
Naturalización & Ciudadanía
Naturalización (Form N-400)
La naturalización es el proceso por el cual un residente permanente legal se convierte en ciudadano estadounidense. La ciudadanía otorga el derecho a votar, elegibilidad para ciertas posiciones gubernamentales, protección de deportación, y la capacidad de patrocinar miembros de familia adicionales. Por lo general, debe haber tenido una tarjeta verde por al menos 5 años (o 3 años si está casado con y viviendo con un ciudadano estadounidense), estar físicamente presente por al menos la mitad de ese tiempo, demostrar carácter moral bueno, y pasar exámenes de inglés y cívica. Presenta el Form N-400 con USCIS, asiste a una cita de biometría y entrevista, y toma el Juramento de Lealtad en una ceremonia de naturalización.Preparación del Examen de Cívica e Inglés
La entrevista de naturalización incluye un examen de inglés (lectura, escritura, y conversación) y un examen de cívica que cubre historia y gobierno estadounidenses. El examen de cívica hace hasta 10 preguntas de una lista de 100, y debe responder correctamente al menos 6. USCIS proporciona materiales de estudio oficiales. Ayudamos a los clientes a prepararse tanto para el examen como para la entrevista en sí para que se sientan seguros y listos.Ciudadanía a Través de Padres (INA §§ 320, 322)
En muchos casos, los hijos automáticamente adquieren ciudadanía estadounidense si tienen una tarjeta verde y están bajo la custodia legal y física de un padre ciudadano estadounidense mientras son menores de 18 años. Los hijos que viven en el extranjero pueden ser elegibles bajo ciertas condiciones también. Incluso cuando la ciudadanía es automática, las familias frecuentemente necesitan obtener prueba — como un pasaporte estadounidense o Certificado de Ciudadanía (Form N-600).Certificados de Ciudadanía (Form N-600)
Si cree que ya es ciudadano estadounidense (a través de nacimiento en el extranjero para un padre ciudadano estadounidense, o a través de la naturalización de un padre), el Form N-600 pide a USCIS confirmar y documentar su ciudadanía. Esta es prueba — no una solicitud para nuevo estatus.
Exenciones
Exención de Presencia Ilegal Provisional (Form I-601A)
Si debe salir de los EE.UU. para una entrevista consular pero ha acumulado presencia ilegal, esta exención le permite pedir perdón antes de que salga. Por lo general, debe demostrar que su ausencia causaría dificultad extrema a un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente calificante.Exención General de Inadmisibilidad (Form I-601)
Algunas personas reciben denegación de visa debido a falsedades previas, asuntos criminales, o motivos de salud. La ley le permite pedir perdón por ciertos (pero no todos) motivos, frecuentemente requiriendo prueba de dificultad extrema a un pariente calificante.Permiso para Presentar Nueva Solicitud (Form I-212)
Si fue previamente ordenado deportado, la ley puede bloquearlo de regresar por un período de años. Este formulario pide al gobierno permiso para presentar solicitud para regresar más pronto.Exención de Ajuste de Refugiado/Asilado (Form I-602)
Refugiados y asilados que se ajustan a una tarjeta verde tienen acceso a reglas especiales y discrecionales de exención para ciertos motivos de inadmisibilidad, enfocándose en propósitos humanitarios y unidad familiar.Exención para Visas U o T (Form I-192)
Solicitantes de visa U y T pueden solicitar perdón por un amplio rango de motivos de inadmisibilidad. Se requiere evidencia fuerte respecto a rehabilitación, seguridad, y equidades.Exención para No-Inmigrante (INA § 212(d)(3))
Algunos individuos que son inadmisibles aún pueden recibir entrada temporal (como para una visita corta) a través de esta exención discrecional.Exención de Fraude en la Corte (INA § 237(a)(1)(H))
Si el gobierno afirma que obtuvo un beneficio de inmigración a través de fraude, un juez de inmigración a veces puede perdonarlo en procedimientos de remoción, siempre que tenga lazos familiares calificantes y cumpla con reglas estrictas.