Protecciones Humanitarias

Seguridad ante el Peligro

  • Asilo (INA § 208)
    El asilo le permite quedarse en los EE.UU. porque no está seguro en su país de origen. Debe demostrar daño pasado o un temor real de daño futuro debido a su raza, religión, nacionalidad, opinión política, o pertenencia a un grupo social particular. En la mayoría de los casos, debe solicitar dentro de un año de su llegada, aunque ciertas excepciones aplican. Por lo general, presenta el Form I-589, y el caso es decidido por USCIS o un juez de inmigración.

  • Suspensión de Remoción (INA § 241(b)(3))
    Esta protección detiene que los EE.UU. lo deporten a un país específico donde su vida o libertad sería probable que estuviera amenazada. El estándar legal es más alto que el asilo, y generalmente no conduce a una tarjeta verde por sí sola, pero puede permitirle quedarse en los EE.UU. y solicitar un permiso de trabajo.

  • Protección CAT (Convención Contra la Tortura)
    Esta protección es para personas que probablemente serían torturadas por (o con el consentimiento de) el gobierno de cualquier país al que puedan ser enviadas. Bloquea la remoción al país en cuestión pero generalmente no proporciona un camino a una tarjeta verde.

  • Seguimiento para Reunificación Familiar de Refugiados/Asilados (Form I-730)
    Si tiene estatus de asilo o refugiado, puede ser capaz de traer a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años a los EE.UU. sin presentar un nuevo caso de asilo completamente nuevo para ellos. Hay reglas estrictas de relación y cronología.

  • Tarjetas Verdes para Asilados y Refugiados (INA § 209)
    Después de tener estatus de asilo o refugiado por un período requerido, puede solicitar una tarjeta verde (Form I-485). Debe pasar verificaciones de antecedentes, y ciertos asuntos legales o migratorios pasados pueden desencadenar la necesidad de una exención especial.

  • Documento de Viaje para Refugiados (Form I-131)
    Muchas personas con estatus de asilo o refugiado deben usar un Documento de Viaje para Refugiados para viajar fuera de los EE.UU. y regresar de manera segura. El viaje puede crear complicaciones en algunos casos, por lo que recomendamos altamente una consulta legal antes de viajar internacionalmente.

Ayuda para Sobrevivientes de Abuso, Delito y Trata de Personas

  • Estatus de Inmigrante Especial Juvenil (SIJS) (Form I-360)
    SIJS es para ciertos jóvenes solteros menores de 21 años en los EE.UU. que no pueden reunificarse de manera segura con uno o ambos padres debido a abuso, negligencia, o abandono. El proceso requiere una orden de corte juvenil estatal antes de presentar solicitud con USCIS. SIJS puede proporcionar protección de remoción, autorización de trabajo, y un camino a una tarjeta verde, aunque generalmente no permite que el joven posteriormente presente petición por sus padres.

  • Petición de Auto Suscripción VAWA (Form I-360)
    VAWA permite que ciertas personas que fueron abusadas por un miembro de la familia ciudadano estadounidense o residente permanente soliciten estatus por su propia cuenta, sin la ayuda o conocimiento del abusador. Si se aprueba, más adelante puede solicitar una tarjeta verde.

  • Visa U para Víctimas de Delitos (Form I-918)
    La visa U es para víctimas de ciertos delitos graves que sufrieron abuso sustancial y fueron útiles para la aplicación de la ley. Por lo general, se requiere una certificación firmada de la aplicación de la ley. Aunque hay largas listas de espera, en la mayoría de los casos, los solicitantes pueden recibir estatus temporal y un permiso de trabajo mientras esperan.

  • Visa T para Víctimas de Trata (Form I-914)
    La visa T es para víctimas de formas severas de trata de seres humanos (trata sexual o trabajo forzado). Por lo general, debe demostrar que está en los EE.UU. debido a la trata y sufriría dificultad extrema si es removido. El estatus de T eventualmente puede conducir a una tarjeta verde.

  • Cancelación de Remoción VAWA (INA § 240A(b)(2))
    Este es un remedio disponible solo en la corte de inmigración para algunos sobrevivientes en procedimientos de remoción. Debe demostrar abuso por un pariente calificante y cumplir con requisitos específicos respecto a presencia física y carácter moral bueno para pedir al juez una tarjeta verde.

Formas Temporales de Quedarse

  • Estatus de Protección Temporal (TPS)
    TPS es un programa temporal para personas de ciertos países cuando el gobierno de los EE.UU. determina que las condiciones allí (como guerra o desastres naturales) hacen que el regreso sea inseguro. Si califica y presenta solicitud durante la ventana adecuada, TPS puede protegerlo de la remoción y permitirle trabajar. Los plazos y elegibilidad cambian y son específicos para cada país, así que consulte con un abogado para entender sus opciones.

  • Salida Reforzada Diferida (DED)
    DED es una pausa temporal en las remociones ordenadas por el Presidente para ciertos grupos. Puede permitir autorización de trabajo y protección de remoción, pero no es un estatus legal o un camino de tarjeta verde por sí mismo. Los plazos y elegibilidad son específicos para cada país, así que consulte con un abogado para entender sus opciones.

  • Acción Diferida para Llegadas Infantiles (DACA)
    DACA proporciona protección temporal de remoción y un permiso de trabajo para ciertas personas que llegaron a los EE.UU. de niños. Aunque órdenes judiciales actualmente bloquean nuevas aplicaciones de DACA en la mayoría de los casos, los destinatarios actuales generalmente pueden continuar renovando su estatus.

  • Acción Diferida
    La acción diferida es una decisión discrecional del gobierno de pausar la remoción de una persona por un período de tiempo. Se decide caso por caso y a veces puede apoyar una solicitud de permiso de trabajo.

  • Libertad Humanitaria (Form I-131)
    Esto permite al gobierno permitir que alguien entre a los EE.UU. por un tiempo limitado debido a una necesidad humanitaria urgente o beneficio público significativo. No es una visa y generalmente termina después de un período establecido.

  • Libertad en su Lugar (PIP) para Familias Militares
    PIP es una opción discrecional utilizada para ciertos miembros de la familia de miembros del ejército estadounidense o veteranos que están en los EE.UU. sin admisión. Si se otorga, a veces puede eliminar barreras para solicitar una tarjeta verde dentro de los Estados Unidos.

  • Permisos de Trabajo / Autorización de Empleo (Form I-765)
    Un Documento de Autorización de Empleo (EAD) es una tarjeta emitida por USCIS que prueba que se le permite trabajar en los Estados Unidos. Muchas categorías de inmigración lo hacen elegible, incluyendo aplicaciones de asilo pendientes, TPS, DACA, ciertas aplicaciones de ajuste de estatus pendientes, y estatus de visa U y T, entre otros. Presenta solicitud presentando el Form I-765 con USCIS. Los permisos de trabajo deben renovarse antes de que expiren. Algunas categorías permiten extensiones automáticas mientras una renovación oportuna está pendiente.